La ciudad cuenta con una norma vigente contra los fuegos artificiales de alto impacto sonoro. Se busca generar conciencia sobre el impacto que tienen estos estruendos en personas con TEA y las mascotas.
Desde el Concejo Deliberante (HCD) recuerdan que en Posadas está vigente la ordenanza II N°81, que prohíbe el uso y comercialización de pirotecnia con alto impacto sonoro desde 2020. El objetivo es proteger a personas que padecen del Trastorno del Espectro Autista (TEA), Síndrome de Down, como también a las mascotas.
“Lo que buscamos en nuestra ciudad es hacerla más inclusiva, que cuide e integre a las personas que padecen TEA”, señaló a Canal 12 la concejala Malena Mazal. La vicepresidenta primera del cuerpo deliberativo añadió que si bien la ordenanza existe desde 2020, “es clave este trabajo de comunicación y concientización en la población”.

Mazal explicó que no solo se trata de cumplir con la norma, sino también estar alertas ante el consumo y expendio de estos fuegos artificiales, especialmente en esta época del año. “Buscamos generar empatía en la ciudadanía y entender que podemos disfrutar de las fiestas sin utilizar este tipo de pirotecnias”, manifestó.
Multas por el uso de pirotecnia de alto impacto sonoro
La concejala comentó que “los montos rondan las 50 y 200 unidades fijas, siempre dependen de si se trata de consumo o venta de estos elementos”. Aclaró que si se trata de expendio, puede llegar a la clausura del local comercial.
“Si se trata de la primera inflación puede alcanzar los cinco días, pero si se repite llega la clausura hasta tres meses”, puntualizó sobre las sanciones para los comercios que venden pirotecnia de alto impacto sonoro.
Recordó además que cualquier ciudadano puede hacer las denuncias correspondientes a la línea 105 durante las 24 horas.