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Oberá y el CoPEFiM trabajan en conjunto para la promoción del deporte

Integrantes del Colegio de Profesionales de Educación Física de Misiones (CoPEFiM) acordaron acciones de trabajo conjuntas con el municipio. Estas acciones buscan la aplicación de la Ley I-83 y sus implicancias. Esta ley regula y delimita los ámbitos de los profesionales de la Educación Física en el ámbito público y comercial.

Integrantes del Colegio de Profesores de Educación Física de Misiones (CoPEFiM) visitaron Oberá para reunirse con el Intendente Pablo Hassan y funcionarios municipales. Entre los presentes, se encontraban integrantes de CoPEFiM, la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social Prof. Betiana Avancini y la Directora de Deportes, Prof. Marcela Recalde.

CoPEFiM

Durante la reunión, los participantes propusieron medidas conjuntas para revalorizar la tarea de los profesores de educación física y consolidar el trabajo colaborativo. En este contexto, uno de los temas tratados giró sobre la Ley I-83 y sus implicancias, así como futuras modificaciones en leyes y decretos. Es importante destacar que esta ley regula la importancia de contar con profesores matriculados en regla en cualquier ámbito deportivo.

Además, en el encuentro también se pensó en cómo regular la profesión y consolidar el trabajo colaborativo. Este último, el trabajo colaborativo, busca visibilizar las tareas de control de gimnasios y su supervisión, para implementar esta mecánica en Oberá y otros municipios. Finalmente, la reunión sirvió para coordinar la presentación de un proyecto visionario que promete modernizar y transformar la reglamentación deportiva en Oberá.

Con respecto a la Ley I-83 (anteriormente Ley 2870) de nuestra provincia, es la que regula el ejercicio de la profesión de Educación Física en Misiones. En dicha norma, se crea el Consejo de Profesionales en Educación Física. Específicamente, esta ley establece un marco legal que define quiénes son considerados profesionales de Educación Física. Para ello, identifica a aquellos con títulos universitarios, de profesorados o institutos especiales, tanto públicos como privados, nacionales o extranjeros con reconocimiento oficial.

De igual manera, delimita sus incumbencias y las condiciones para el ejercicio legal de la profesión. Asimismo, la ley crea el Consejo como ente regulador, dotándolo de funciones como la defensa de los principios constitucionales relativos a la educación física. En consecuencia, el marco jurídico propone la promoción de la capacitación y el perfeccionamiento de los profesionales, el asesoramiento a entidades públicas y privadas, la definición de los campos de actuación profesional, la gestión de remuneraciones acordes a la jerarquía y la adopción de medidas de seguridad social para los matriculados.

Por lo tanto, la aplicación de la Ley I-83 trae consigo diversos beneficios tanto para los profesionales de la Educación Física como para la sociedad en general. En primer lugar, para los profesionales, implica un reconocimiento formal de su labor. Además, garantiza un ejercicio profesional regulado y ético, el acceso a oportunidades de capacitación y perfeccionamiento, y la defensa de sus derechos laborales. En segundo lugar, para la sociedad, la ley asegura la calidad de los servicios de Educación Física ofrecidos, al exigir una formación académica específica y un control profesional. En consecuencia, esto se traduce en una mejor promoción de la salud, el deporte y la recreación. Finalmente, al exigir profesionales capacitados para diseñar y ejecutar programas adecuados a las necesidades de la población, contribuye al bienestar general de la comunidad misionera.

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