A fines del 2024, el gobernador de la provincia, Hugo Passalacqua, firmó el Decreto N° 2704 para la creación de protocolos para viajes estudiantiles seguros. La normativa se aplica sobre todo viaje estudiantil desde el 1 de marzo de este año. Además se aplica a los viajes de egresados establecidos en el artículo N°2 de la Ley Nacional 25.599. La iniciativa surge como una respuesta institucional del Estado ante la trágica muerte de Juanita Milagros Sirimarco Díaz. Se trata de la adolescente de tan solo 13 años que falleció en octubre pasado y causó una profunda conmoción en la provincia.
Juanita regresaba de un viaje de egresados desde Córdoba cuando enfrentó una situación de emergencia médica. Según se denuncia, no recibió la atención urgente que requería, resultando en su fallecimiento. Actualmente, la Justicia misionera continúa investigando las circunstancias y posibles responsabilidades en torno a este hecho.
Entrevistada por Gustavo Añibarro en el programa El Periodista, Nancy Chávez, madrina de Juanita, brindó más detalles sobre el tema.
“El protocolo determina una capacitación online que es un curso que hace el Ministerio de Salud, sobre todo lo que se debe aprender y saber para actuar en determinadas situaciones. La capacitación se realiza de forma teórica y práctica”, describió.
A lo que sumó que el objetivo es lograr que las personas que acompañan los viajes estudiantiles “tengan criterio y sepan qué hacer en cada momento”.
Recordó que “el Decreto determinó y entregó la responsabilidad al Ministerio de Salud para la elaboración de los protocolos. Porque el Decreto salió a fines del año pasado, y ahora en febrero salieron los protocolos”.
“Estas resoluciones que salieron determinan todo lo que nosotros solicitamos en su momento. Por ejemplo, la capacitación, contar con los kits. A esto se suma, como agregado, los protocolos de nutrición, hidratación y descanso. Detallan diferentes guías de acción”, valoró.
Chávez destacó la respuesta inmediata que demostró el gobierno provincial. “Esto surge a raíz de la escucha del gobernador (Hugo Passalacqua). Cuando Claudia (mamá de Juanita) y yo asistimos para pedirle el Decreto, el Gobernador nos recibió con mucho respeto y una escucha considerada. Entendió lo que sucedió“.
Detalles del Decreto provincial por el Caso Juanita
Según detalla el documento, para la aplicación de este protocolo trabajan en conjunto el Ministerio de Salud Pública, el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de Misiones y el Ministerio de Turismo de Misiones. La reglamentación aplica a establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación (CGE). También, con establecimientos de enseñanza pública de gestión privada, dependientes del Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones (SPEPM).

Este marco regulatorio deberá fijar y exigir el cumplimiento de normativas claras a las instituciones educativas que deseen organizar viajes. Entre ellas se deben tener en cuenta las siguientes pautas:
a) Todos los integrantes del contingente deberán estar cubiertos por un seguro de
asistencia médica, farmacéutica y de asistencia al viajero.
b) Existencia de una ficha individual de salud de cada pasajero, conforme las pautas
que establezca el Ministerio de Salud Pública.
c) Al menos un coordinador y/o auxiliar de viaje (docentes, padres o tutores,
acompañantes o personas mayores de edad dependientes de empresas de viajes,
etc), deberá acreditar haber completado y aprobado el curso en Emergencias y
Primeros Auxilios aprobados por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia. Esa persona será denominada en el presente “supervisor sanitario”.
d) En caso de una emergencia y/o urgencia de salud de uno de los integrantes del
contingente, identificada y declarada que fuera por el supervisor sanitario del viaje,
cualquier otro objetivo y/o destino del viaje quedará inmediatamente postergado;
pasando a ser el objetivo y destino principal y urgente la inmediata atención
médica adecuada de la persona afectada; siendo obligación de todo adulto
participante del contingente la de coadyuvar a que ello ocurra.
e) A partir del momento anterior, el supervisor sanitario tendrá la obligación de
aplicar todos los protocolos y procedimientos aprendidos en el curso en
Emergencias y Primeros Auxilios y se deberá proceder conforme el protocolo
dispuesto en el artículo segundo. Declarada la emergencia y/o urgencia de salud,
el supervisor sanitario tendrá la última palabra, así como la autoridad suficiente
para dar las instrucciones necesarias para que la persona afectada reciba el
tratamiento médico adecuado.
f) La unidad de transporte deberá contar con un kit de emergencias compuesto por
los elementos necesarios e indispensables para el tratamiento de las contingencias.
g) Un protocolo de alimentación, hidratación y descanso adecuados, que se le deberá proporcionar a los integrantes del contingente, elaborado conforme las pautas que establezca el protocolo del artículo segundo.
h) Detallar a los padres o adultos responsables de los menores, el cronograma de actividades a realizarse durante el viaje. Sobre lugares, horarios y duración de las actividades, con indicación detallada de en qué consisten las mismas. Cualquier cambio de dicho cronograma que pueda producirse durante el viaje, debe ser inmediatamente comunicado a los respectivos padres o adultos responsables.
i) La empresa, agencia u organizador del viaje deberá disponer en todo momento de un mapa de geolocalización, con la indicación de los centros médicos asistenciales de las ciudades y rutas por las que se transitará.
j) Toda empresa, agencia u organizador de viaje, deberá siempre contratar servicios de transportes y choferes que cuenten con las habilitaciones homologadas por las respectivas autoridades competentes.