El gobernador Rogelio Frigerio firmó un decreto que otorga un aumento salarial a los docentes. La medida compensará la eliminación de fondos nacionales.
El gobernador de Entre Ríos, Rogelio Frigerio, firmó el decreto que otorga a partir de septiembre un aumento salarial a los docentes provinciales. La norma contempla la totalidad de los pedidos que plantearon los gremios. Con una inversión de más de 70 mil millones de pesos, el gobierno provincial pone a la educación como uno de los principales ejes de gestión.
De esta manera, Entre Ríos se suma a la iniciativa que lleva adelante el Gobierno de Misiones con el Fondo Provincial de Incentivo Docente (FOPID), hasta tanto se resuelva el reclamo referido al Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID).
Cabe recordar que la tierra colorada es una de las pocas jurisdicciones del país que, con recursos propios, cubre ese desfasaje generado por las medidas de la administración central.

Cuánto cobrarán los docentes
Un docente que trabaja jornada simple (carga semanal de 20 horas) recibirá 33.200 pesos en concepto del nuevo Fondo Provincial de Incentivo Docente (Fopid) más 24.800 pesos por Conectividad. Un total de $58.000 adicionales. Y un maestro que trabaja jornada completa cobrará 66.400 más 49.600 pesos por esos ítems. Un total adicional de $116.000.
De esta manera, con recursos provinciales se subsana el principal impacto en el salario docente por la eliminación del FONID y CONECTIVIDAD dispuesta por el gobierno nacional y se da respuesta a uno de los principales reclamos de los sindicatos.

En el articulado se cumple también con la cláusula de garantía respecto de la inflación solicitada por los gremios, con el haber mínimo por encima de la canasta básica que reclaman y con el aumento en el ítem movilidad, entre otras demandas. A la vez, se contempla el pedido gremial de que todos los incrementos que se apliquen sean remunerativos.
Los detalles del aumento
El principal impacto en el salario, y que afectó a los trabajadores de la educación, fue la quita del gobierno nacional del Fondo de Incentivo Docente, FONID. Por los artículos 9º y 10º del decreto se crea el Fondo Provincial de Incentivo Docente y se incorpora el ítem de Conectividad.
El decreto del gobierno, en su artículo 6º, dispone el pago de octubre a diciembre del 2024, de un porcentaje de incremento en los haberes equivalente al porcentaje de incremento del Índice de Precios al Consumidor Nivel General, publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos para el mes inmediato anterior.
Por otro lado, en el artículo 7º, establece que el haber mínimo de bolsillo para un cargo docente, neto de asignaciones familiares y de descuentos de ley, incluyendo el adicional establecido por Decreto Nº 5863/05 MEHF (Código 06), será mayor o igual al 110% de la canasta básica del consumo para un hogar de tipo II publicado por el INDEC para el mes inmediato anterior al liquidado.
También se establece, en el artículo 8º, el incremento de los haberes de los meses de octubre, noviembre y diciembre, en un 2,183 % por mes.
Otro de los reclamos de los gremios tenía que ver con el ítem movilidad. A través del artículo 11º, se incrementa la movilidad docente establecida por Decreto N°2309/92MGJE, pasando de un máximo de 60 km a 80 km por día de traslado.
Finalmente, en el artículo 12º se indica el incremento del monto de las transferencias a las Escuelas Públicas de Gestión Privada, por el importe que resulte de los incrementos otorgados.
Otros incrementos
La medida también incrementos en otros puntos:
- Incremento del valor del Punto Índice Docente de Jornada Simple y del Punto Índice Docente para el Cálculo de la Bonificación, prolongación de Jornada y Jornada Completa (Código 052), en un porcentaje del 4,2%. (Artículo 1º).
- Incremento de los valores del adicional establecido por Decreto Nº 5863/05 MEHF (Código 06) en un porcentaje del 4,2%. (Artículo 2º).
- Incremento en un porcentaje del 4,2%, del valor del Adicional Remunerativo creado por Artículo 9º del Decreto Nº 880/14 MEHF (Código 18). (Artículo º3).
- Incremento en un porcentaje del 4,2%, del valor del Adicional Remunerativo creado por Artículo 5º del Decreto Nº 1462/18 MEHF (Código 117),
- Incremento en un porcentaje del 4,2%, del Adicional Remunerativo creado por Artículo 6º del Decreto Nº 173/21 MEHF (Código 38), quedando determinado en el siguiente valor.
Con información de UNO Entre Ríos