A través del Decreto 1640/21 establecieron el fin de las restricciones horarias para la actividad comercial, cultural, deportiva y social; como también, se liberaron los aforos establecidos, en el marco de la pandemia.
Ante la mejora de la situación sanitaria y el avance en el plan de vacunación anticovid, la Municipalidad de Posadas dispuso nuevas medidas. A través del Decreto 1640/21 establecieron el fin de las restricciones horarias para la actividad comercial, cultural, deportiva y social; como también, liberaron los aforos establecidos, en el marco de la pandemia.
Por lo cual, a partir de este miércoles se dejaron sin efecto las restricciones en materia de aforo y horarios, para:
- Actividades del rubro comercial, industrial y de servicios;
- Actividades sociales y culturales;
- Actividades de culto y religiosas;
- Actividades físicas y deportivas, en sus distintas disciplinas y modalidades;
- Actividades en ludotecas y centros de enseñanza, públicos y privados;
- Actividades de juegos de azar y apuestas;
- Actividades liberales y profesionales;
- Actividades de cobertura asistencial y aseguradoras;
- Actividades científicas, tecnológicas, de desarrollo e investigación;
- Actividades recreativas, ocio y de esparcimiento.
Asimismo, se deberán cumplimentar, sin excepción, las exigencias establecidas en materia de bioseguridad e higiene en sus respectivos protocolos de actuación, tales como: el distanciamiento entre personas, sanitización de manos, uso del tapabocas/barbijo, capacidad máxima de 10 personas por mesa para los locales gastronómicos, y toda otra que sea requerida específicamente para cada rubro correspondiente.
Además, este Decreto exceptúa de lo establecido por el presente instrumento legal, a las actividades que se desarrollen en el marco del “Protocolo de actuación sanitaria” para fiestas seguras y organizaciones de eventos culturales (casamientos, fiestas familiares, de cumpleaños. de 15, agasajos. conferencia de prensa, disertaciones, desayunos, almuerzos o cenas de trabajo (proveedores, salones de eventos, depósitos, organizadores), que continuarán rigiéndose por su respectivo protocolo y especificaciones legales y técnicas, de conformidad al Decreto N° 1199/21.