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Written by 12:27 pm Política

Durante la feria administrativa, los servicios públicos estarán garantizados

Desde el 26 de diciembre y hasta el 3 de febrero, los empleados del Estado provincial saldrán de vacaciones. Habrán guardias en los principales organismos.

El gobierno de Misiones estableció desde el 26 de diciembre de 2022 al 3 de febrero de 2023, ambos inclusive, que regirá la Feria Administrativa para la Administración Central provincial, Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, de acuerdo al El Decreto N° 2475, firmado por el gobernador Oscar Herrera Ahuad.

El articulado del Decreto especifica la institución de una Guardia Mínima administrativa en cada jurisdicción como así también los organismos que quedan excluidos del presente instrumento debido a la naturaleza de la función pública que ejercen (personal de Seguridad, Salud Pública, Programa Hambre Cero, personal afectado a Manejo del Fuego, Coordinación por la Emergencia de Inundaciones, entre otros).

En consecuencia, se suspenden plazos y términos administrativos durante este período, siendo por ello considerados inhábiles.

Feria Administrativa 2022/2023 Decreto N°2475

Visto:

El Decreto N° 2475 de fecha 10 de Diciembre de 2021 por el cual se estableció Feria Administrativa, y los antecedentes sobre el particular implementados por el Poder Ejecutivo Provincial; y

Considerando:

QUE, los resultados favorables obtenidos con esta metodología en la utilización de los recursos humanos como en el orden económico, aconsejan su reimplantación, adecuando el termino de duración de la misma;

QUE, existen Organismos a los cuales es necesario excluirlos de la normativa del presente Decreto;

QUE, el período de feria no debe afectar la prestación de los servicios esenciales del Estado como de aquellos considerados prioritarios para las políticas de Gobierno;

QUE, sin alterar las disposiciones contenidas en el presente decreto, por razones de contención de gastos cabe recomen- dar la concentración de la actividad en feria en un solo espacio físico;

Por Ello:

El Gobernador de la Provincia de Misiones

Decreta:

ARTÍCULO 1o.- ESTABLÉCESE en el ámbito de la Administración Central, Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados una Feria Administrativa durante el período comprendido entre el día 26 de Diciembre de 2022 y el día 3 de Febrero del año 2023, ambos inclusive.-

ARTÍCULO 2o.– En el lapso indicado en el artículo anterior se dispondrá el uso obligatorio de la licencia anual reglamentaria por la cantidad de días y conforme las previsiones establecidas en el Decreto 683/89. Durante el período comprendido entre la culminación del período de licencia de acuerdo al Decreto 683/89 y el último día de Feria, los agentes quedarán liberados de concurrir a prestar el débito laboral, sujetos a convocatoria para asegurar un servicio de guardia mínimo, la que será dispuesta por norma legal dictada por la autoridad competente de cada Jurisdicción, con rango no inferior a Director General.-

ARTÍCULO 3o.– INSTITÚYESE que en cada Jurisdicción se habilitará una Guardia Mínima administrativa para la recepción de las actuaciones y trámites que por su naturaleza no puedan ser paralizados, con una jornada laboral de cinco (5) horas en horario de siete treinta (7:30) a doce treinta (12:30) horas, con atención al público. Asimismo el espacio físico deberá ser mínimo permaneciendo el resto de la institución cerrada. Quedarán como responsables las personas que designe el titular del área recayendo en un funcionario a nivel Jefe de Departamento, Directores y/o Directores Generales, los que estarán facultados a disponer las medidas conducentes para el cumplimiento de los objetivos fijados en esta Feria.-

ARTÍCULO 5o.– EXCLÚYENSE del presente Decreto el personal de Seguridad; Ministerio de Turismo, Ministerio de Salud Pública, Parque de la Salud; Programa Hambre Cero del Ministerio de Desarrollo Social, de la Mujer y la Juventud; Dirección Provincial de Asuntos Guaraníes y Trata de Personas del Ministerio de Derechos Humanos; Personal Administrativo del Consejo General de Educación; Delegaciones del Interior, Departamento Sumarios, Departamento Control Forestal y Fiscalización (Puestos Fijos y Móviles), Guardaparques y Guardafaunas y Personal afectado al Manejo del Fuego, del Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables; Unidad Ejecutora Provincial del PSF y DEPA, la Subunidad Provincial de Coordinación por la Emergencia de las Inundaciones (SUPCE) y el Programa de Desarrollo Municipal (PDM); Instituto Provincial de Estadísticas y Censos; personal afectado al Área de Obra Social del Instituto de Previsión Social; L.T.17 Radio Provincia de Misiones; L.T. 85 TV Canal 12; Línea de Emergencia 103 de la Subsecretaría de Protección Civil; e Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional; quienes quedarán exclusiva-

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