Una resolución de la Nación deroga un mecanismo de topes para los adicionales cobrados por determinadas prestaciones. Las subas deberán comunicarse con 30 días de anticipación y serán publicadas por la Superintendencia de Salud.
El Ejecutivo nacional dispuso liberar formalmente los importes que las obras sociales y las prepagas pueden cobrar en concepto de coseguros por gran parte de las prestaciones incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO). Se trata de los montos adicionales a los aportes y contribuciones de la seguridad social o a las cuotas que, según cómo sea el contrato del plan de salud, se les cobran a los afiliados por determinadas atenciones.
La decisión fue establecida a través de la resolución 1926 del Ministerio de Salud, publicada este lunes en el Boletín Oficial. Está basada en las desregulaciones previstas por el DNU 70 de diciembre de 2023. De hecho, según explicaron en la Superintendencia de Servicios de Salud, en la práctica las prepagas ya estaban liberadas.
Asimismo, destaca el texto oficial, la medida permite a las entidades fijar libremente los copagos: “los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga ahora pueden fijar libremente los copagos para los servicios que no están exentos”.
También exige transparencia: las entidades están obligadas a informar claramente a los beneficiarios y usuarios sobre los copagos asociados a cada servicio médico, tanto en el momento de la inscripción como en caso de cualquier cambio durante el período de inscripción.