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Convocan al sistema de acogimiento familiar

Las familias interesadas podrán acceder al resguardo integral de niños, niñas y adolescentes que se encuentren privados de los cuidados parentales.

La Cámara de Representantes estableció, por Ley II N°36, el cuidado integral, temporal y no institucional de las infancias y adolescencias. Quienes transiten la niñez o adolescencia y se encuentren privados de los cuidados parentales de su familia, debido a una medida excepcional de protección, pueden recibir afecto e integrarse a una vida familiar. Sus derechos son protegidos por matrimonios, uniones convivenciales o personas individuales debidamente evaluadas, formadas, inscriptas y seleccionadas.

La Defensoría de Niños, niñas y adolescentes es el ente regulador. Al respecto, la defensora de los Derechos de Niños y Adolescentes, Rossana Franco, brindó más detalles a Canal 12 sobre el sistema de familia alternativa. 

-¿De qué se trata el sistema de acogimiento familiar alternativo?

R.F. – Somos una provincia que tiene la ley provincial del sistema de acogimiento familiar. El 31 de mayo fue el Día Mundial del Acogimiento Familiar, por ello contamos sobre los alcances de nuestra ley. También buscamos sensibilizar, para que las familias se puedan inscribir. Siempre digo que el sistema de acogimiento familiar es un acto de amor de familias que se capacitan para recibir a un niño, una niña o un adolescente, que no tiene cuidados parentales. 

Entonces, durante seis meses, estas familias acogen a este niño, niña o adolescente, hasta que se resuelva de manera judicial si será adoptado, si va a estar en una familia extensa o si vuelve con su mamá. Entonces, son distintas alternativas que se trabajan dentro del sistema.

Para poder estar en el sistema hay que pasar por ciertos requisitos y una capacitación. Es un acto de amor, porque tenemos que estar preparados para recibir a este niño, niño adolescente y para soltar.

-¿Hay posibilidad de adopción por parte de la familia acogedora?

R.F. –Hay excepciones. Por lo pronto es preparar a la familia para el acogimiento. También trabajamos de manera conjunta con el Registro de Adopciones, son dos registros distintos y situaciones distintas. A la familia se la prepara para que puedan acompañar este proceso de acogimiento familiar, para recibir y soltar. 

-¿Cuáles son estos dos registros?

R.F. – El Registro Único de Familias de Acogimiento es uno. Por otra parte está el Registro de Adoptantes, que es nacional y provincial. La ley II N°36, que crea nuestro sistema de acogimiento familiar, es reciente. Antes, se trabajaba con familias solidarias. 

Hablamos de una ley que es fundamental. Trabajamos también con las 49 direcciones Niñez y Adolescencia en la provincia, con los tres poderes del Estado. El Poder Judicial es una herramienta fundamental porque se coordina de manera conjunta con el juez. Cuando hay un caso donde hay un niño o una niña en situación de emergencia, siempre se da a través de una medida de protección integral. Es temporario, en seis meses hay que resolver la situación del niño, la niña o el adolescente.

-¿Hay muchas familias que estén dispuestas a esto?

R.F. – Hay muchas familias a las que capacitamos. Por otro lado, hay familias que ya están en este sistema.

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